Cómo calculamos
Esta página explica, calculadora por calculadora, qué fórmulas aplicamos, de qué fuente salen los datos y cómo verificamos cada resultado. Nuestro objetivo es que cualquier persona pueda reproducir el cálculo y comprobar cada cifra.
Proceso de verificación
- Localizamos la norma o la tabla oficial vigente en 2026.
- Implementamos la fórmula con datos configurables y fuentes trazables.
- Escribimos tests automáticos con casos verificables antes de publicar.
- Revisamos la página cada enero y cuando cambia la normativa.
- Si un usuario reporta un error, lo verificamos y lo corregimos en 48 horas.
Calculadora de finiquito
Aplicamos el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015): 30 días naturales de vacaciones por año, devengo semestral de pagas extra, indemnización de 20 días por año (tope 12 mensualidades) en despido objetivo y 33 días por año (tope 24) en improcedente, con 45 días por el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012. Salario diario = salario bruto anual ÷ 365.
Calculadora de sueldo neto
Reproducimos el algoritmo de retenciones de la Agencia Tributaria: cotizaciones del trabajador (4,70% contingencias comunes, 1,55% desempleo, 0,10% formación y 0,15% MEI en 2026), gastos deducibles de 2.000 €, reducción del artículo 20 según el RD-ley 4/2024, mínimo personal y familiar y escalas estatal y autonómica de referencia. Limitamos la base de cotización a 5.101,20 € al mes.
Calculadora de paro
Base reguladora = promedio de las bases de los últimos 180 días (equivalente al bruto mensual con prorrata, limitado a la base máxima). Porcentajes del SEPE: 70% los primeros 180 días y 60% después. Topes 2026: mínimo 560 € (sin hijos) o 749 € (con hijos); máximo 1.225 €, 1.400 € o 1.575 € según hijos. Duración según la escala oficial (120 a 720 días).
Calculadora de cuota de autónomos
Usamos la tabla de tramos de rendimientos netos 2026 de la Seguridad Social (tabla reducida y tabla general, 15 tramos) y el tipo total del 31,50% (contingencias comunes 28,30%, profesionales 1,30%, cese 0,90%, formación 0,10% y MEI 0,90%). La tarifa plana se calcula como 80 € más el MEI sobre la base mínima del tramo 1 de la tabla general.
Calculadora de aguinaldo (México)
Aplicamos el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y la tesis 1a./J. 24/2023: (días de aguinaldo ÷ 365) × días efectivamente laborados × salario diario ordinario, con un mínimo de 15 días anuales.
Fuentes oficiales de referencia
- Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Seguridad Social / TGSS
- Agencia Tributaria
- Ley Federal del Trabajo (México)
- Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Limitaciones
Las calculadoras aplican la normativa general. Los convenios colectivos, los complementos salariales, las regularizaciones y las particularidades de cada comunidad autónoma pueden modificar el resultado. Cuando tu caso tenga consecuencias legales o económicas importantes, confírmalo con un profesional.