Saltar al contenido
SimulaLaboral
Menú

Calculadora de pagas extra 2026

Actualizado el 15 de enero de 2026 · Revisión normativa: enero de 2026 · Por Equipo editorial · Metodología y fuentes

Calcula el importe de tu paga extraordinaria completa y la parte proporcional que has devengado según tu fecha de alta o de baja. Perfecta para comprobar el finiquito o para saber cuánto te corresponde si te incorporas o te vas a mitad de semestre.

Calcula tu paga extra

Cómo se calcula la paga extra proporcional

  1. Periodo de devengo: semestral (enero-junio y julio-diciembre) o anual, según tu convenio.
  2. Días devengados: desde el inicio del periodo (o tu fecha de alta, si es posterior) hasta la fecha de cálculo o baja.
  3. Importe: paga completa × (días devengados ÷ días del periodo).

Ejemplo: alta el 1 de enero y baja el 15 de marzo

Con 1.800 € al mes en 14 pagas, del 1 de enero al 15 de marzo has devengado 74 de 181 días del semestre. La paga proporcional es de 735,91 €.

Ejemplo: semestre completo y salario en 12 pagas

  • Semestre completo en 14 pagas: paga de 1800,00 € (devengada al 100%).
  • Mismo periodo en 12 pagas: devengo anual, 50% → 892,60 €.

Cuándo se cobran las pagas extra

Las fechas las fija el convenio colectivo: lo más habitual es junio y diciembre (o antes del 20 de diciembre), con devengo semestral. También existen convenios con paga única anual o con prorrateo mensual. Si tu empresa no paga en la fecha del convenio, procede reclamar y se devenga el interés por mora del 10% anual.

En el finiquito, la paga proporcional se calcula sobre el semestre en curso y se suma al salario pendiente y a las vacaciones no disfrutadas. Puedes verlo desglosado en la calculadora de finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se devengan las pagas extraordinarias?

Lo fija tu convenio: lo habitual es un devengo semestral (enero-junio y julio-diciembre), aunque también existen pagas de devengo anual y pagas prorrateadas mes a mes. Esta calculadora usa el devengo semestral cuando el salario es en 14 pagas y el anual cuando es en 12.

¿Qué paga extra me corresponde si me voy antes de junio?

La parte proporcional del semestre devengado hasta tu fecha de baja: importe de la paga × (días trabajados del semestre ÷ días del semestre). Se incluye en el finiquito, tanto si la baja es voluntaria como si es un despido.

¿Las pagas extra prorrateadas son obligatorias?

No. El Estatuto permite prorratear las pagas extra en las 12 mensualidades si así lo acuerda el convenio o el contrato. En ese caso, tu nómina mensual ya incluye la parte proporcional y no cobras pagas completas en junio o diciembre.

¿Si trabajo medio semestre cobro media paga?

Casi: se paga en proporción a los días exactos trabajados, no por meses completos. Medio semestre (unos 90 días de 181) son aproximadamente la mitad de la paga, ajustado por días.

¿Las pagas extra cotizan y tributan?

Sí. Cotizan a la Seguridad Social y tributan por IRPF como rendimiento del trabajo. Si tu empresa las prorratea, la cotización y la retención se reparten entre las 12 mensualidades.

¿Puede mi empresa pagar la paga extra más tarde de la fecha del convenio?

No debería. El convenio fija las fechas de abono; retrasarlas sin acuerdo genera intereses por mora del 10% anual (art. 29.3 ET) y puede ser reclamable. Si hay problemas de liquidez, la empresa puede acogerse a procedimientos legales, pero no retener la paga unilateralmente.

¿Cómo se calcula el importe de cada paga extra?

En general, cada paga equivale a una mensualidad de salario bruto, incluyendo los complementos fijos. Algunos convenios fijan importes o fórmulas distintas (por ejemplo, salario base más antigüedad). Revisa tu convenio para el importe exacto.

Guías y calculadoras relacionadas

Fuentes oficiales

Aviso: el resultado es orientativo y se basa en la información y normativa indicada en esta página. No constituye asesoramiento jurídico, laboral o fiscal. Tu convenio puede fijar otro periodo de devengo o un importe distinto.